Desde la Asociación de Pizzerías y Casas de Empanadas de la República Argentina (APYCE), acercamos a nuestros asociados información relevante sobre la reciente sanción de la Ley N.º 27.799 — “Ley de Inocencia Fiscal”, que introduce modificaciones significativas en el ámbito tributario y administrativo.
A continuación, los puntos que más salientes de la normativa:
- Penal tributario: Se elevaron los montos a partir de los cuales una irregularidad fiscal puede derivar en una causa penal. Esto reduce significativamente el riesgo de criminalización por diferencias menores.
- Multas administrativas: Aumentaron las sanciones por omitir presentar declaraciones juradas o incumplir requerimientos de A.R.C.A. (Siempre habrá aviso previo en el Domicilio Fiscal Electrónico — es indispensable tenerlo activo y controlado).
- Prescripción: Para quienes presentaron sus declaraciones en término y pagaron, el plazo de prescripción se reduce de 5 a 3 años. Un beneficio concreto para quienes cumplen.
- Declaración jurada simplificada (Ganancias): Personas físicas con ingresos de hasta $1.000.000.000.- anuales o patrimonio de hasta $10.000.000.000.- -todos actualizables anualmente- pueden adherir a un régimen especial donde A.R.C.A. realiza automáticamente la declaración con los
datos que registre en sus sistemas. En esta opción, en caso de estar conforme, el contribuyente sólo deberá aceptar y pagar en términos las obligaciones. Salvo impugnación explícita del ente recaudador el cumplimiento de este mecanismo significará la liberación tributaria.