Nuestros asociados han acercado la preocupación acerca del procedimiento a seguir y no estar en falta.

Para realizar la gestión, las empresas deberán contar con el nivel de seguridad MiBA1 y acceder a https://buenosaires.gob.ar/miba-login
En el marco de la Ley N° 1.854, todos los emprendimientos gastronómicos se consideran Generadores Especiales de Residuos Sólidos Urbanos (RSU).

Eso significa que deben separar los residuos húmedos (basura) de los secos (reciclables) dentro del establecimiento y sacar la basura únicamente de 19 a 21 hs., todos los días menos los sábados.

Aquellos emprendimientos que generen más de 40 kg diarios de basura deberán inscribirse en el Registro de Generadores Especiales (ReGE):
• Fracción Húmedos;
• Fracción Secos;

Además, deberán:
a. Contratar un servicio privado de recolección y contar con copia del contrato vigente, así como con los certificados de la recolección de los RSU, expresada en kilogramos.
b. Registrarse, con el número de inscripto en el ReGe, en el Programa de Generadores Privados de la CEAMSE y contar con las constancias de la disposición final otorgada por ese organismo.

También deberán realizar estas tramitaciones quienes hayan sido sancionados durante un acto inspectivo, aún cuando no generen más de 40 kg de residuos diarios.

Únicamente aquellos emprendimientos que generen menos de 40 kilogramos podrán solicitar ser dispensados de estas obligaciones, realizando el trámite mediante la plataforma TAD.

No cumplir con cualquiera de estos puntos puede conllevar la clausura preventiva e inmediata de tu local. Asegurate de tener todos los certificados que te mencionamos al día.

Si necesitás inscribirte al ReGe o solicitar la dispensa por no generar más de 40 kg de residuos diarios y no pudiste resolver tu inquietud con la información que ya te brindamos, podes escribir a la Mesa de Ayuda del sector: Días laborales de 10 a 17 al 11-3915-2482