La Inspección General de Justicia (IGJ), a través de la Resolución General 19/21, estableció la inscripción del protocolo de empresa familiar en el Registro Público del organismo.
Dicha inscripción será voluntaria y se deberá registrar un único protocolo por sociedad.
Asimismo, cualquier inscripción ulterior será considerada como una reforma y/o sustitución del registro anterior.
El protocolo familiar inscripto deberá ser actualizado y, de no actualizarse esta inscripción, se tomará como vigente el protocolo familiar que fuera registrado oportunamente.